viernes, 21 de agosto de 2015

LA ADJUDICACIÓN


La adjudicación  es un modo de adquirir el dominio de bienes que han pertenecido a una comunidad o de bienes que no han logrado ser subastados en un juicio ejecutivo.
La adjudicación es la forma de asignar los bienes que un comunero ha mantenido como propietario cuotativo en una comunidad para que pase a ser titular del derecho de dominio de ellos en forma exclusiva. Normalmente este proceso se obtiene a través de un juicio divisorio o de partición de bienes.

La adjudicación es el acto judicial que consiste en la atribución de una cosa (mueble o inmueble) a una persona a través de una subasta, licitación o partición hereditaria. El ganador del proceso, por lo tanto, se adjudica el bien y pasa a ser su propietario o responsable. Por ejemplo: “La concesionaria informó esta mañana la adjudicación de los automóviles que se entregarán en el transcurso del mes”, “Quiero estar atento a la adjudicación de los pasajes para ver si podemos viajar la próxima semana”.

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